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Comprobantes Fiscales Digitales

SimanG8® permite emitir Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) y Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Dado los cambios en la legislación correspondiente, a partir del 1o de Enero de 2014 todos los comprobantes deberán ser CFDI. Por lo que la documentación que encontrará en esta sección se referirá principalmente a la emisión de CFDI.

 

Haga clic aquí para ver más información disponible de la versión de CFDI 3.3

Proceso de emisión y timbrado de CFDI

  • Cuando se genera el comprobante se afectan los registros de inventario, cuentas por cobrar, contabilidad, etc.
  • Los registros y folios asignados tienen efectos de control interno.
  • El PAC asigna el folio fiscal (UUID) que es una cadena de 36 caracteres, un sello que autentifica el proceso y la identificación del PAC.
  • Mientras el comprobante no tenga los datos de timbrado asignados por el PAC, el comprobante no tiene validez fiscal, no obstante las afectaciones de control interno son efectivas desde el momento que se emite.
  • Si no es posible completar el proceso de timbrado, podrá reintentar el proceso en un periodo menor a 72 horas. Vea reintentar proceso de timbrado para mayor información.
  • Los datos de timbrado se integran al XML para hacerlo válido.
  • En la representación impresa del comprobante deberá incluir varios de estos datos. Para mayor información vea "Requisitos de la representación impresa de un CFDI"
  • Una vez que el PAC realiza el timbrado, remite el comprobante (XML) al SAT, en un plazo menor a 72 horas. Este proceso es responsabilidad del PAC y no tiene mayor afectación en el proceso del sistema o del emisor. Pero mientras no suceda esto, no estará disponible para su autenticación en el portal del SAT.

Ver también